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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

El siguiente listado de preguntas es tomado de acuerdo a las dudas más frecuentes entre nuestros clientes. Si tienes alguna duda sólo deja un mensaje en el siguiente formulario o llámanos.

  1. Sí, pero debe tener un permiso de trabajo válido y sólo lo dan si tiene una emergencia médica familiar. 
  2. Si vive fuera de los Estados Unidos, se hace por medio de un familiar con estatus legal con estado médico crítico.

No, por el momento no estamos realizando este trámite.

Podemos ayudarle a llenar la solicitud pero depende de la edad de cuando obtuvo su primer pasaporte americano, es posible que tenga que ir él o ella a procesarlo personalmente.

No podemos tramitar matrículas, ese trámite sólo lo hace el Consulado.

La fecha de espera depende del país de origen. México está muy atrasado, son demasiadas solicitudes.

Familiares lejanos no se pueden peticionar, se les puede llamar pero no calificarían para visa de inmigrante. Pueden hacer el intento con la visa de turista, pero al menos que tengan una buena vida en México, con casa, negocio, dinero, etc., es muy complicado que se las aprueben.

No, las personas no califican para asilo afirmativo porque ya tienen más de un año dentro de los EE.UU.

Nadie se hace automáticamente ciudadano, en este caso, el padre o madre ciudadano, necesita hacer un trámite para obtener la ciudadanía de su hijo. Y como recordatorio, los ciudadanos o residentes no pueden pedir a primos, únicamente a familia inmediata.

Para saber si alguien califica para visa U necesitamos ver el reporte de la policía. Usualmente ahí podemos ver la gravedad de lo sucedido y si cooperó con el oficial.

  1. Sí, estamos tramitando aplicaciones del DACA y renovaciones. Les informamos que para nuevos aplicantes se encuentran detenidos los procesos, pero el departamento continúa aceptando aplicaciones, por lo tanto, se le informa al cliente que puede aplicar hoy o puede esperar a que se vuelva a reactivar el DACA.
  2. Para la renovación no necesita esperar ese trámite si lo están llevando a cabo.
  1. Para que un hijo pueda peticionar a un padre, debe tener más de 21 años
  2. Si el hijo es menor y son víctimas (los hijos ciudadanos) de algún delito, si pueden pedir a sus papás con visa U, cualquier otro proceso requiere que el peticionario tenga la mayoría de edad.
  1. Un hijo puede peticionar a sus padres una vez que haya cumplido los 21 años de edad. Si el padre o madre entró legalmente a los Estados Unidos (con visa o permiso) el hijo sí le puede ayudar a obtener la residencia. 
  2. Si el padre o madre entró ilegalmente (sin visa o permiso). El hijo no puede ayudar a sus padres a obtener la residencia, al menos que esté en las fuerzas armadas de los EE.UU. o los padres estén protegidos bajo la 245I.
  1. Usted califica para tomar el examen de ciudadanía en su idioma natal si tiene 50 años de edad y 20 años como residente permanente
  2. Usted califica para tomar el examen de ciudadanía en su idioma natal si tiene 55 años de edad y 15 años como residente permanente

Sí, un ciudadano americano puede pedir a su esposa, hijos, padres y hermanos.

Debes ser peticionado por tu hijo, esposo(a), padres o hermanos con estatus legal. Otra forma de obtener un estatus legal es a través de una visa U o VAWA.

Los clientes son cotizados por los especialistas y se les ofrece un plan de pago mensual que se les ajuste a su bolsillo.

Cada proceso varía, depende de la aplicación sometida y el tiempo de procesamiento del departamento de inmigración.

Nuestro departamento cuenta con especialistas expertos en el área de inmigración.

No. Nuestra oficina de inmigración se encuentra localizada en la ciudad de Irvine, CA, pero trabajamos en conjunto con los agentes de Adriana’s Insurance.